Artículo 1418

Artículo 1418Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si recibes una donación de todos los bienes de alguien, respondes por sus deudas igual que un heredero. Eso sí, solo respondes por las deudas antiguas o las futuras que el donante haya fijado específicamente en el documento de donación.

Texto oficial

Art. 1418. El donatario a título universal tendrá respecto de los acreedores las mismas obligaciones que los herederos; pero sólo respecto de las deudas anteriores a la donación, o de las futuras que no excedan de una suma específica, determinada por el donante en la escritura de donación.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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