Artículo 1424 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Una donación no se anula simplemente porque te nazcan hijos después de hacerla. Para que esto pase, debes haber dejado esa condición escrita explícitamente en el documento público de la donación cuando la realizaste.
Art. 1424. La donación entre vivos no es resoluble porque después de ella le haya nacido al donante uno o más hijos, a menos que esta condición resolutoria se haya expresado en escritura pública de la donación.
Fuente: BCN / LeyChile ↗