Artículo 1426 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si no cumples lo que te pidieron al donarte algo, el donante puede obligarte a cumplir o quitarte la donación. Si te la quitan por no cumplir sin causa grave, deberás devolver todo y responder como alguien de mala fe.
Art. 1426. Si el donatario estuviere en mora de cumplir lo que en la donación se le ha impuesto, tendrá derecho el donante o para que se obligue al donatario a cumplirlo, o para que se rescinda la donación. En este segundo caso será considerado el donatario como poseedor de mala fe, para la restitución de las cosas donadas y los frutos, siempre que sin causa grave hubiere dejado de cumplir la obligación impuesta. Se abonará al donatario lo que haya invertido hasta entonces en desempeño de su obligación, y de que se aprovechare el donante.
Fuente: BCN / LeyChile ↗