Artículo 1434

Artículo 1434Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Las donaciones hechas como agradecimiento por un servicio no se pueden revocar si valen lo mismo que el servicio. Si el regalo vale mucho más que el trabajo realizado, debes informarlo formalmente a la autoridad para que todo quede en orden.

Texto oficial

Art. 1434. Las donaciones remuneratorias, en cuanto equivalgan al valor de los servicios remunerados, no son rescindibles ni revocables, y en cuanto excedan a este valor, deberán insinuarse.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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