Artículo 1459

Artículo 1459Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Ojo aquí, el dolo no se presume nunca, salvo en casos muy específicos que la ley señala. En todas las otras situaciones, te corresponde a ti probar que hubo mala intención de la otra parte para engañarte.

Texto oficial

Art. 1459. El dolo no se presume sino en los casos especialmente previstos por la ley. En los demás debe probarse.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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