Artículo 15

Artículo 15Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Cualquier documento, contrato o resolución judicial que perdone una deuda hereditaria no tendrá valor legal a menos que incluya el comprobante de haber pagado el impuesto respectivo o la certificación del secretario del tribunal sobre el cumplimiento de estas normas legales.

Texto oficial

Art. 15. Las resoluciones judiciales o los actos o contratos que importen remisión del todo o parte de una deuda hereditaria, no se considerarán firmes sin la certificación del secretario del tribunal en la forma establecida en el artículo 13 o no tendrán valor alguno sin que se inserten en el documento, ya sea público o privado, que al efecto se otorgue, el boletín de ingreso del impuesto correspondiente.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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