Artículo 1515 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si el acreedor demanda a uno de los deudores solidarios, la obligación sigue vigente para todos los demás. La deuda solo se acaba en la medida en que el demandado realmente pague lo que debía. Lo demás sigue pendiente para los otros.
Art. 1515. La demanda intentada por el acreedor contra alguno de los deudores solidarios, no extingue la obligación solidaria de ninguno de ellos, sino en la parte en que hubiere sido satisfecha por el demandado.
Fuente: BCN / LeyChile ↗