Artículo 1521

Artículo 1521Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si la cosa se destruye por culpa o retraso de uno de los deudores, todos responden solidariamente por el valor. Sin embargo, si el acreedor quiere cobrar una indemnización extra por esos daños, solo puede demandar a quien causó el problema directamente.

Texto oficial

Art. 1521. Si la cosa perece por culpa o durante la mora de uno de los deudores solidarios, todos ellos quedan obligados solidariamente al precio, salva la acción de los codeudores contra el culpable o moroso. Pero la acción de perjuicios a que diere lugar la culpa o mora, no podrá intentarla el acreedor sino contra el deudor culpable o moroso.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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