Artículo 163 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
En los casos en que la ley exija que una persona soltera necesite un curador para administrar sus bienes, esa misma regla se aplicará a los cónyuges que estén casados bajo el régimen de separación de bienes.
Art. 163. A los cónyuges separados de bienes se dará curador para la administración de los suyos en todos los casos en que siendo solteros necesitarían de curador para administrarlos.
Fuente: BCN / LeyChile ↗