Artículo 1646

Artículo 1646Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si la nueva obligación solo consiste en añadir o quitar una cantidad o especie a la original, los codeudores solidarios o subsidiarios siguen obligados. Eso sí, su responsabilidad solo llega hasta el límite de lo que ambas obligaciones tienen en común.

Texto oficial

Art. 1646. Cuando la segunda obligación consiste simplemente en añadir o quitar una especie, género o cantidad a la primera, los codeudores subsidiarios y solidarios podrán ser obligados hasta concurrencia de aquello en que ambas obligaciones convienen.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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