Artículo 167 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si al casarse la pareja pactó que la mujer administraría por su cuenta una parte específica de sus bienes, se aplicarán las mismas reglas de control independiente y protección frente a terceros que se establecieron para las donaciones o herencias condicionadas.
Art. 167. Si en las capitulaciones matrimoniales se hubiere estipulado que la mujer administre separadamente alguna parte de sus bienes, se aplicarán a esta separación parcial las reglas del artículo precedente.
Fuente: BCN / LeyChile ↗