Artículo 1863 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Las partes involucradas en un contrato de compraventa tienen la libertad de ponerse de acuerdo para considerar como redhibitorios algunos defectos que, por naturaleza, normalmente no clasificarían bajo esa categoría de vicios ocultos en la ley.
Art. 1863. Las partes pueden por el contrato hacer redhibitorios los vicios que naturalmente no lo son.
Fuente: BCN / LeyChile ↗