Artículo 1863

Artículo 1863Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Las partes involucradas en un contrato de compraventa tienen la libertad de ponerse de acuerdo para considerar como redhibitorios algunos defectos que, por naturaleza, normalmente no clasificarían bajo esa categoría de vicios ocultos en la ley.

Texto oficial

Art. 1863. Las partes pueden por el contrato hacer redhibitorios los vicios que naturalmente no lo son.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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