Artículo 1902 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Para que la cesión del crédito sea válida frente al deudor o ante terceros, no basta con el acuerdo entre las partes. Es necesario que el cesionario notifique oficialmente al deudor sobre la cesión o que el propio deudor acepte este traspaso formalmente.
Art. 1902. La cesión no produce efecto contra el deudor ni contra terceros, mientras no ha sido notificada por el cesionario al deudor o aceptada por éste.
Fuente: BCN / LeyChile ↗