Artículo 1923

Artículo 1923Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

El arriendo de bienes nacionales, municipales o de instituciones públicas tiene sus propios reglamentos especiales. Si esos reglamentos no cubren un caso específico, se aplicarán las normas generales sobre arrendamiento establecidas en este título del Código Civil para resolver la situación.

Texto oficial

Art. 1923. Los arrendamientos de bienes nacionales, municipales o de establecimientos públicos, están sujetos a reglamentos particulares, y en lo que no lo estuvieren, a las disposiciones del presente título.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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