Artículo 1923 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El arriendo de bienes nacionales, municipales o de instituciones públicas tiene sus propios reglamentos especiales. Si esos reglamentos no cubren un caso específico, se aplicarán las normas generales sobre arrendamiento establecidas en este título del Código Civil para resolver la situación.
Art. 1923. Los arrendamientos de bienes nacionales, municipales o de establecimientos públicos, están sujetos a reglamentos particulares, y en lo que no lo estuvieren, a las disposiciones del presente título.
Fuente: BCN / LeyChile ↗