Artículo 2043 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si el censo te pertenece y no tiene restricciones especiales, puedes venderlo, regalarlo, dejarlo en herencia o incluirlo en tu testamento, tal como harías con cualquier otro bien de tu propiedad.
Art. 2043. De todo censo que pertenezca a una persona natural o jurídica, sin cargo de restitución o transmisión, y sin otro gravamen alguno, podrá disponer el censualista entre vivos o por testamento, o lo transmitirá abintestato, según las reglas generales.
Fuente: BCN / LeyChile ↗