Artículo 2080

Artículo 2080Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Como administrador, tienes la obligación de rendir cuentas sobre tu gestión. Debes hacerlo en los periodos que se establecieron cuando te dieron el cargo. Si no se fijó una fecha específica, debes realizar esta rendición de cuentas obligatoriamente una vez al año.

Texto oficial

Art. 2080. El socio administrador es obligado a dar cuenta de su gestión en los períodos designados al efecto por el acto que le ha conferido la administración, y, a falta de esta designación, anualmente.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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