Artículo 2080 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Como administrador, tienes la obligación de rendir cuentas sobre tu gestión. Debes hacerlo en los periodos que se establecieron cuando te dieron el cargo. Si no se fijó una fecha específica, debes realizar esta rendición de cuentas obligatoriamente una vez al año.
Art. 2080. El socio administrador es obligado a dar cuenta de su gestión en los períodos designados al efecto por el acto que le ha conferido la administración, y, a falta de esta designación, anualmente.
Fuente: BCN / LeyChile ↗