Artículo 2082 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Tú puedes aportar bienes a la sociedad como dueño o solo ceder su uso. En ambos casos, desde que haces el aporte, todo lo que esas cosas produzcan o generen le pertenece directamente a la sociedad y no a ti individualmente.
Art. 2082. Los aportes al fondo social pueden hacerse en propiedad o en usufructo. En uno y otro caso los frutos pertenecen a la sociedad desde el momento del aporte.
Fuente: BCN / LeyChile ↗