Artículo 2098 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
La sociedad termina cuando se cumple el plazo o la condición establecida. Pueden acordar prorrogarla todos los socios, pero los deudores externos no quedan obligados por los nuevos actos si no aceptaron formalmente esa extensión del contrato social.
Art. 2098. La sociedad se disuelve por la expiración del plazo o por el evento de la condición que se ha prefijado para que tenga fin. Podrá, sin embargo, prorrogarse por unánime consentimiento de los socios; y con las mismas formalidades que para la constitución primitiva. Los codeudores de la sociedad no serán responsables de los actos que inicie durante la prórroga, si no hubieren accedido a ésta.
Fuente: BCN / LeyChile ↗