Artículo 2138

Artículo 2138Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

El mandante siempre tiene el derecho de ejercer las acciones legales o reclamos que correspondan directamente contra la persona en quien se delegó el encargo, manteniendo así el control sobre lo que ocurre con sus asuntos o sus bienes personales.

Texto oficial

Art. 2138. El mandante podrá en todos casos ejercer contra el delegado las acciones del mandatario que le ha conferido el encargo.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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