Artículo 2140

Artículo 2140Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si recibes algo que le deben al mandante, solo se considera aceptado para él si lo que te entregaron coincide exactamente con lo que decía tu mandato. Si no concuerda con lo que estaba escrito, no puedes dar por aceptada la entrega.

Texto oficial

Art. 2140. La aceptación que expresa el mandatario de lo que se debe al mandante, no se mirará como aceptación de éste, sino cuando la cosa o cantidad que se entrega ha sido suficientemente designada en el mandato, y lo que el mandatario ha recibido corresponde en todo a la designación.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →