Artículo 2142 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si tienes un poder especial que te faculta específicamente para vender algún bien del mandante, esa misma autorización ya incluye automáticamente la facultad de recibir el dinero del pago. No necesitas que te den un permiso extra para cobrar ese precio.
Art. 2142. El poder especial para vender comprende la facultad de recibir el precio.
Fuente: BCN / LeyChile ↗