Artículo 2182

Artículo 2182Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si te prestaron algo, no puedes quedártelo como garantía para que te paguen una deuda pendiente. Tienes la obligación de devolver la cosa, salvo en situaciones excepcionales donde la ley te autorice a retenerla.

Texto oficial

Art. 2182. El comodatario no podrá excusarse de restituir la cosa, reteniéndola para seguridad de lo que le deba el comodante, salvo el caso del artículo 2193.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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