Artículo 2187

Artículo 2187Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si los herederos vendieron lo prestado sin saber, deben devolver el dinero o cederte las acciones de venta. Si sabían que era ajeno, además de pagar, podrían enfrentar problemas legales graves por el perjuicio causado al dueño original.

Texto oficial

Art. 2187. Si los herederos del comodatario, no teniendo conocimiento del préstamo, hubieren enajenado la cosa prestada, podrá el comodante (no pudiendo o no queriendo hacer uso de la acción reivindicatoria, o siendo ésta ineficaz) exigir de los herederos que le paguen el justo precio de la cosa prestada o que le cedan las acciones que en virtud de la enajenación les competan, según viere convenirle. Si tuvieron conocimiento del préstamo, resarcirán todo perjuicio, y aun podrán ser perseguidos criminalmente según las circunstancias del hecho.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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