Artículo 2235

Artículo 2235Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Tú tienes el deber de pagarle al depositario los gastos que hizo para mantener bien tu objeto y compensarlo por cualquier perjuicio que el depósito le haya generado sin que él tenga la culpa de lo ocurrido.

Texto oficial

Art. 2235. El depositante debe indemnizar al depositario de las expensas que haya hecho para la conservación de la cosa, y que probablemente hubiera hecho él mismo, teniéndola en su poder; como también de los perjuicios que sin culpa suya le haya ocasionado el depósito.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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