Artículo 229-2 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Tu hijo tiene el derecho de mantener una relación cercana y constante con sus abuelos. Si no hay acuerdo sobre cómo se verán, el juez intervendrá para fijar la modalidad de estas visitas, priorizando siempre el interés del niño.
Art. 229-2. El hijo tiene derecho a mantener una relación directa y regular con sus abuelos. A falta de acuerdo, el juez fijará la modalidad de esta relación atendido el interés del hijo, en conformidad a los criterios del artículo 229.
Fuente: BCN / LeyChile ↗