Artículo 2361 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El acreedor tiene derecho a pedirte que le adelantes el dinero necesario para cubrir los costos del juicio de excusión. El juez fijará el monto, pero si prefieres encargarte tú mismo de hacer la gestión en un plazo razonable, se te escuchará.
Art. 2361. El acreedor tendrá derecho para que el fiador le anticipe los costos de la excusión. El juez en caso necesario fijará la cuantía de la anticipación, y nombrará la persona en cuyo poder se consigne, que podrá ser el acreedor mismo. Si el fiador prefiere hacer la excusión por sí mismo, dentro de un plazo razonable, será oído.
Fuente: BCN / LeyChile ↗