Artículo 2465 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Como acreedor, tienes derecho a cobrar tu deuda sobre todos los bienes presentes o futuros de tu deudor. La única excepción son los bienes que la ley declara como inembargables, los cuales no puedes tocar para cubrir la obligación pendiente.
Art. 2465. Toda obligación personal da al acreedor el derecho de perseguir su ejecución sobre todos los bienes raíces o muebles del deudor, sean presentes o futuros, exceptuándose solamente los no embargables, designados en el artículo1618.
Fuente: BCN / LeyChile ↗