Artículo 2465

Artículo 2465Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Como acreedor, tienes derecho a cobrar tu deuda sobre todos los bienes presentes o futuros de tu deudor. La única excepción son los bienes que la ley declara como inembargables, los cuales no puedes tocar para cubrir la obligación pendiente.

Texto oficial

Art. 2465. Toda obligación personal da al acreedor el derecho de perseguir su ejecución sobre todos los bienes raíces o muebles del deudor, sean presentes o futuros, exceptuándose solamente los no embargables, designados en el artículo1618.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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