Artículo 35 BIS

Artículo 35 BISCódigo Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si postulas a programas o beneficios de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), debes saber que no podrás ser seleccionado si estás en el Registro. La Agencia consultará tu estado dos veces: al postular y al momento de adjudicar.

Texto oficial

Artículo 35 bis.- Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, en ningún caso podrán ser declaradas admisibles las postulaciones ni ser adjudicados los programas y los diferentes instrumentos ejecutados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo a quienes, al momento de la postulación y la adjudicación, respectivamente, tengan una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Para lo anterior, al momento de la postulación y, adicionalmente, de la adjudicación, la Agencia deberá efectuar un proceso de consulta masiva electrónica al Servicio de Registro Civil e Identificación, que certificará en línea si el postulante y el presunto adjudicatario tiene una inscripción vigente en el referido Registro en calidad de deudor de alimentos.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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