Artículo 361 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Puedes nombrar en tu testamento a dos o más tutores o curadores para que ejerzan la guarda al mismo tiempo. Además, tienes la facultad de dividir entre ellos las labores de administración como tú decidas.
Art. 361. Podrán nombrarse por testamento dos o más tutores o curadores que ejerzan simultáneamente la guarda; y el testador tendrá la facultad de dividir entre ellos la administración.
Fuente: BCN / LeyChile ↗