Artículo 359 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si no puedes aplicar la regla anterior para decidir, entonces deberás seguir las instrucciones de los artículos 361 y 363 con los guardadores que fueron nombrados en los testamentos del padre y de la madre. Esto te ayudará a organizar la tutela o curaduría correctamente.
Art. 359. Si no fuere posible aplicar la regla del artículo anterior, se aplicará a los guardadores nombrados por el testamento del padre y de la madre, las reglas de los artículos 361 y 363.
Fuente: BCN / LeyChile ↗