Artículo 384

Artículo 384Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Aunque encuentres cosas que no son del pupilo mezcladas entre sus pertenencias, debes incluirlas igual en el inventario. Tu responsabilidad como guardador cubre tanto los bienes que son del pupilo como los que se encuentran en su poder por cualquier motivo.

Texto oficial

Art. 384. Debe comprender el inventario aun las cosas que no fueren propias de la persona cuya hacienda se inventaría, si se encontraren entre las que lo son; y la responsabilidad del tutor o curador se extenderá a las unas como a las otras.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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