Artículo 384 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Aunque encuentres cosas que no son del pupilo mezcladas entre sus pertenencias, debes incluirlas igual en el inventario. Tu responsabilidad como guardador cubre tanto los bienes que son del pupilo como los que se encuentran en su poder por cualquier motivo.
Art. 384. Debe comprender el inventario aun las cosas que no fueren propias de la persona cuya hacienda se inventaría, si se encontraren entre las que lo son; y la responsabilidad del tutor o curador se extenderá a las unas como a las otras.
Fuente: BCN / LeyChile ↗