Artículo 4

Artículo 4Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Este artículo nos dice que, si existen leyes especiales como el Código de Comercio, el de Minería o las leyes que rigen al Ejército y la Armada, esas normas específicas se aplicarán primero antes que las reglas generales del Código Civil.

Texto oficial

Art. 4º. Las disposiciones contenidas en los Códigos de Comercio, de Minería, del Ejército y Armada, y demás especiales, se aplicarán con preferencia a las de este Código.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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