Artículo 421

Artículo 421Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si los tutores o curadores deciden repartirse la pega entre ellos por un acuerdo privado, sin intervención legal, entonces sí o sí todos responden de forma solidaria ante cualquier problema o error que pueda ocurrir durante la administración de los bienes.

Texto oficial

Art. 421. Es solidaria la responsabilidad de los tutores o curadores cuando sólo por acuerdo privado dividieren la administración entre sí.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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