Artículo 511 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si una mujer está ejerciendo una tutela o curaduría y contrae matrimonio, puede seguir en su cargo sin problemas. Solo perderá su puesto si, por casarse, el pupilo termina quedando bajo la patria potestad de su nuevo marido o mujer.
Art. 511. Si la mujer que ejerce la tutela o curaduría contrajere matrimonio, continuará desempeñándola, siempre que por el hecho del matrimonio no haya de quedar sujeto el pupilo a la patria potestad del marido o de la mujer. En este caso cesará dicha guarda.
Fuente: BCN / LeyChile ↗