Artículo 523 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si el tutor vive en el extranjero o no se sabe dónde está, el juez fijará un plazo para que aparezca y acepte el cargo o se excuse. Si el plazo vence, el juez puede anular el nombramiento, aunque el tutor aparezca después.
Art. 523. Si el tutor o curador nombrado está en país extranjero, y se ignora cuándo ha de volver, o si no se sabe su paradero, podrá el juez, según las circunstancias, señalar un plazo dentro del cual se presente el tutor o curador a encargarse de la tutela o curaduría o a excusarse; y expirado el plazo, podrá, según las circunstancias, ampliarlo, o declarar inválido el nombramiento; el cual no convalecerá, aunque después se presente el tutor o curador.
Fuente: BCN / LeyChile ↗