Artículo 557-1

Artículo 557-1Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Estas entidades deben llevar contabilidad ordenada, preparar una memoria anual y un balance aprobado. Si superan ciertos ingresos o patrimonio, están obligadas a contratar auditores externos independientes para que revisen sus cuentas y estados financieros según las normas vigentes.

Texto oficial

Art. 557-1. Las personas jurídicas regidas por este Título estarán obligadas a llevar contabilidad de conformidad con los principios de contabilidad de aceptación general. Deberán además confeccionar anualmente una memoria explicativa de sus actividades y un balance aprobado por la asamblea o, en las fundaciones, por el directorio. Las personas jurídicas cuyo patrimonio o cuyos ingresos totales anuales superen los límites definidos por resolución del Ministro de Justicia, deberán someter su contabilidad, balance general y estados financieros al examen de auditores externos independientes designados por la asamblea de asociados o por el directorio de la fundación de entre aquellos inscritos en el Registro de Auditores Externos de la Superintendencia de Valores y Seguros.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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