Artículo 59 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El domicilio es el lugar donde resides con la intención real o supuesta de quedarte a vivir ahí. Este concepto se divide en dos tipos: el domicilio político, que es a nivel de país, y el domicilio civil, a nivel local.
Art. 59. El domicilio consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella. Divídese en político y civil.
Fuente: BCN / LeyChile ↗