Artículo 74 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Tu existencia legal comienza al nacer, específicamente cuando te separas completamente de tu madre. Si una criatura fallece antes de separarse de la madre o no sobrevive ni un instante después de esa separación, se considera que nunca existió.
Art. 74. La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre. La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás.
Fuente: BCN / LeyChile ↗