Artículo 772

Artículo 772Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Varias personas pueden ser usufructuarias al mismo tiempo. Pueden compartir el goce del bien por partes iguales o según lo que el dueño haya decidido. Además, entre todos pueden ponerse de acuerdo para repartirse el uso del bien como prefieran.

Texto oficial

Art. 772. Se puede constituir un usufructo a favor de dos o más personas, que lo tengan simultáneamente, por igual, o según las cuotas determinadas por el constituyente; y podrán en este caso los usufructuarios dividir entre sí el usufructo, de cualquier modo que de común acuerdo les pareciere.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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