Artículo 803 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si tienes deudas, tus acreedores pueden pedir que embarguen tu usufructo para cobrar lo que les debes. Ellos deberán comprometerse a cuidar y devolver la cosa correctamente, y pueden evitar que cedas tu derecho para defraudarles.
Art. 803. Los acreedores del usufructuario pueden pedir que se le embargue el usufructo, y se les pague con él hasta concurrencia de sus créditos, prestando la competente caución de conservación y restitución a quien corresponda. Podrán por consiguiente oponerse a toda cesión o renuncia del usufructo hecha en fraude de sus derechos.
Fuente: BCN / LeyChile ↗