Artículo 823 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
La servidumbre es positiva si obliga al dueño del predio sirviente a dejar que hagas algo. Es negativa si le prohíbe hacer algo que normalmente podría, como construir muy alto. A veces, la positiva incluso obliga al dueño a hacer algo.
Art. 823. Servidumbre positiva es, en general, la que sólo impone al dueño del predio sirviente la obligación de dejar hacer, como cualquiera de las dos anteriores; y negativa, la que impone al dueño del predio sirviente la prohibición de hacer algo, que sin la servidumbre le sería lícito, como la de no poder elevar sus paredes sino a cierta altura. Las servidumbres positivas imponen a veces al dueño del predio sirviente la obligación de hacer algo, como la del artículo 842.
Fuente: BCN / LeyChile ↗