Artículo 891 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Además del dominio, puedes reivindicar otros derechos reales, salvo el derecho de herencia. Para reclamar una herencia, existe una acción legal distinta llamada 'petición de herencia', que se regula bajo otras normas específicas dentro del Código Civil chileno.
Art. 891. Los otros derechos reales pueden reivindicarse como el dominio; excepto el derecho de herencia. Este derecho produce la acción de petición de herencia, de que se trata en el Libro III.
Fuente: BCN / LeyChile ↗