Artículo 96 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Un resumen de la resolución judicial que declara probada la muerte del desaparecido debe publicarse en el Diario Oficial en un plazo de sesenta días, detallando los datos de la persona y la fecha fijada de su fallecimiento.
Artículo 96.- Un extracto de la resolución que tenga por comprobada la muerte del desaparecido deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de sesenta días, contado desde que ésta estuviere firme y ejecutoriada. Dicho extracto deberá contener, al menos, los antecedentes indispensables para su identificación y la fecha de muerte que el juez haya fijado.
Fuente: BCN / LeyChile ↗