Artículo 98 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
La promesa de matrimonio es un asunto privado que queda solo en tu honor y conciencia. La ley no te obliga a casarte ni permite que alguien te demande o pida una indemnización si decides echarte para atrás y no cumplir.
Art. 98. Los esponsales o desposorio, o sea la promesa de matrimonio mutuamente aceptada, es un hecho privado, que las leyes someten enteramente al honor y conciencia del individuo, y que no produce obligación alguna ante la ley civil. No se podrá alegar esta promesa ni para pedir que se lleve a efecto el matrimonio, ni para demandar indemnización de perjuicios.
Fuente: BCN / LeyChile ↗