Artículo 967 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Una persona incapaz de heredar no se hace dueña de los bienes inmediatamente. Primero debe pasar el tiempo legal necesario para que las acciones de quienes tengan interés en reclamar esa herencia o legado ya no puedan ser presentadas en tribunales.
Art. 967. El incapaz no adquiere la herencia o legado, mientras no prescriban las acciones que contra él puedan intentarse por los que tengan interés en ello.
Fuente: BCN / LeyChile ↗