Artículo FINAL

Artículo FINALCódigo Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

El Código Civil comenzó a regir el uno de enero de mil ochocientos cincuenta y siete. En esa fecha se derogaron todas las leyes anteriores sobre sus materias, salvo las relativas a pruebas de obligaciones, juicios, instrumentos públicos y ministros de fe, que solo se derogaron si eran contrarias a este código.

Texto oficial

Artículo final. El presente Código comenzará a regir desde el 1.º de enero de 1857, y en esa fecha quedarán derogadas, aun en la parte que no fueren contrarias a él, las leyes preexistentes sobre todas las materias que en él se tratan. Sin embargo, las leyes preexistentes sobre la prueba de las obligaciones, procedimientos judiciales, confección de instrumentos públicos y deberes de los ministros de fe, sólo se entenderán derogadas en lo que sean contrarias a las disposiciones de este Código.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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