Artículo 38

Artículo 38Matrimonio Civil (19.947)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si los cónyuges vuelven a vivir juntos con la intención de mantener una vida en común estable, se termina el juicio de separación en curso. Si la separación ya estaba decretada, volver a convivir restablece plenamente su estado civil de casados.

Texto oficial

Artículo 38.- La reanudación de la vida en común de los cónyuges, con ánimo de permanencia, pone fin al procedimiento destinado a declarar la separación judicial o a la ya decretada, y, en este último caso, restablece el estado civil de casados.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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