Artículo 41

Artículo 41Matrimonio Civil (19.947)

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Volver a vivir juntos no les impide a los cónyuges solicitar una nueva separación judicial en el futuro, siempre que esta demanda se funde en hechos o faltas ocurridas después de haberse reconciliado.

Texto oficial

Artículo 41.- La reanudación de la vida en común no impide que los cónyuges puedan volver a solicitar la separación, si ésta se funda en hechos posteriores a la reconciliación de los cónyuges.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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