Artículo 10 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los libros oficiales tienen hojas numeradas y selladas. El oficial los abre y cierra con un certificado que detalla el contenido para evitar fraudes o suplantaciones. Cada inscripción ocupa una página y lleva sus notas al margen.
Art. 10. Los libros del Registro Civil serán numerados y sellados en cada hoja con el timbre seco del Conservador del Registro Civil. Se abrirán con un certificado del oficial en que se exprese el número de hojas que contengan y se cerrarán con otro certificado en que se indique el número de inscripciones estampadas y cuanta particularidad pueda influir en lo substancial de las inscripciones, que conduzca a precaver la suplantación u otro fraude. Para cada inscripción se destinará una página en cuyo margen derecho se anotarán las subinscripciones que correspondan.
Fuente: BCN / LeyChile ↗