Artículo 1097 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Los herederos universales son quienes reemplazan al fallecido en todos sus derechos y obligaciones. Aunque el testamento los llame legatarios, ellos responden por las deudas y cargas testamentarias, actuando en la práctica como los continuadores legales de la persona fallecida.
Art. 1097. Los asignatarios a título universal, con cualesquiera palabras que se les llame, y aunque en el testamento se les califique de legatarios, son herederos: representan la persona del testador para sucederle en todos sus derechos y obligaciones transmisibles. Los herederos son también obligados a las cargas testamentarias, esto es, a las que se constituyen por el testamento mismo, y que no se imponen a determinadas personas.
Fuente: BCN / LeyChile ↗